Nuevos Criterios de Contratación Temporal 2025

Fecha de publicación

2025-02-25

Referencia

RDL 5/2025

Vigencia

Desde el 1 de marzo de 2025

Ámbito

Nacional

Modalidades de contratación temporal

Por circunstancias de la producción

Duración: Máximo 6 meses, ampliable a 1 año por convenio

Causas justificadas:

  • Incremento ocasional e imprevisible de la actividad
  • Oscilaciones que generan desajuste temporal
  • Situaciones ocasionales y previsibles de duración reducida

Requisitos:

  • Causa específica y detallada en el contrato
  • Duración determinada en función de la causa
  • No para actividades permanentes o recurrentes

Por sustitución

Duración: Durante la ausencia del trabajador sustituido

Causas justificadas:

  • Sustitución con derecho a reserva de puesto
  • Cobertura temporal de vacante durante proceso de selección
  • Complemento de jornada reducida

Requisitos:

  • Identificación de la persona sustituida
  • Causa de la sustitución
  • Proceso de selección no superior a 3 meses

Principales novedades 2025

Limitación de encadenamientos

Nuevas restricciones para evitar la temporalidad injustificada

  • Máximo 18 meses en un periodo de 24 meses
  • Conversión automática a indefinido al superar límites
  • Consideración de grupo empresarial para el cómputo

Régimen sancionador

Endurecimiento de sanciones por uso fraudulento

  • Incremento de multas hasta 10.000€ por trabajador
  • Devolución de bonificaciones indebidas
  • Responsabilidad solidaria en grupos empresariales

Cotizaciones adicionales

Penalización en cotizaciones por temporalidad

  • Incremento de cotización en contratos inferiores a 30 días
  • Bonificaciones por conversión a indefinido
  • Sistema de penalización progresiva

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